Empresas - Seguros Patrimoniales

Cristales

Este tipo de coberturas, ampara los daños sufridos por cristales, vidrios, espejos y demás piezas vítreas similares, sólo como consecuencia de su rotura o rajadura. Se incluyen en la cobertura el valor de las piezas aseguradas más los gastos normales de su colocación, tomando como límite la suma asegurada, indicada en la póliza.

Todas las piezas vítreas deben estar en posición vertical, no cubren vitrinas o mostradores.

Incendio

El seguro de incendio, al igual que el resto de los seguros patrimoniales, es de carácter resarcitorio. Es decir que el espíritu de la póliza es de restituir al asegurado el capital perdido a consecuencia de un evento cubierto por la misma.

Los seguros de incendio, pueden ser tomados sobre cosas muebles e inmuebles (por ejemplo edificios y su contenido) y en un concepto más amplio, sobre cualquier objeto mensurable en términos económicos.
Este riesgo está presente no solo en las coberturas específicas del ramo, sino también en algunas coberturas combinadas, como pueden ser, de automóviles, combinados familiares, integrales de comercio, etc.

Cobertura Básica:

Cubre el daño causado por la acción directa o indirecta del fuego, por las medidas para extinguirlo, las de demolición, las de evacuación u otras análogas.

Coberturas adicionales: (la lista NO se agota en sí misma)

  • Terremoto
  • Huracán, Vendaval, Ciclón y Tornado
  • Granizo
  • Remoción de escombros
  • Responsabilidad civil a linderos como consecuencia de incendio y/o explosión.
  • Combustión espontánea
  • Beneficio esperado, lucro cesante o interrupción de la explotación.

MODALIDAD DE LA PRESTACIÓN:

El seguro de incendio, es siempre a PRORRATA, por ende se hace imprescindible establecer la relación que existe entre una suma asegurada y el valor del riesgo. Pueden observarse tres situaciones:

1. Seguro Pleno: la suma asegurada es igual al valor del riesgo.
2. Sobreseguro: la suma asegurada es superior al valor del riesgo.
3. Infraseguro: la suma asegurada es inferior al valor del riesgo.

En este último caso es donde se suscita el problema, ya que se debe establecer la medida de la prestación a la cual el asegurador estará obligado. La relación se establece de la siguiente manera:

Suma Asegurada: $90.000
Valor Real del Riesgo: $120.000

Ejemplos:

Siniestro total: monto del siniestro $120.000
90.000/120.000= 0.75 -> 0.75 x 120.000= 90.000
Indemnización: $90.000

Siniestro parcial: ejemplo $35.000
90.000/120.000= 0.75 ->  0.75 x 35.000= 26.250
Indemnización: $26.250

Cuando se asegura un bien por debajo del valor real del mismo, el Asegurado, se convierte en una especie de socio de la Cía. Aseguradora, y cada uno va a concurrir a pagar el siniestro en forma proporcional a los riesgos asumidos. Aún cuando la suma asegurada sea superior al daño sufrido, ya que aquella tiene carácter de suma máxima a indemnizar.
 

Responsabilidad Civil

Todo aquel que ejecute un hecho, que por su culpa o negligencia ocasione un daño a otro, es responsable de reparar el daño ocasionado. También será responsable por los daños que puedan producir los productos que haya diseñado, manufacturado, construido, instalado, vendido, tratado, mantenido, alterado o reparado, una vez que hayan dejado su custodia o control.

Seguro de Responsabilidad Civil General

El seguro de Responsabilidad Civil mantiene indemne al Asegurado por cuanto deba a un tercero como consecuencia de la Responsabilidad Civil que surja de los Artículos 1109 al 1136 del Código Civil, en que incurra en el ejercicio de su actividad comercial, industrial o social o como consecuencia de los hechos o circunstancias previstos en el contrato de seguro.

Ejemplos de Coberturas de Responsabilidad Civil en General

  • Comprensiva
  • Productos
  • Obras
  • Espectadores

 1. Responsabilidad Civil Profesional

Todo acto de la vida está sujeto a riesgos. En los últimos tiempos, las acciones judiciales contra profesionales e instituciones, se han incrementado en frecuencia y severidad, especialmente en el área salud. Posiblemente esto obedezca a la ruptura de la tradicional relación médico-paciente. De manera que específicamente el seguro de Mala Praxis = seguro de Responsabilidad Civil Profesional, protege el patrimonio del profesional frente a la necesidad de responder a un reclamo o demanda efectuada por un paciente o cliente en razón de la responsabilidad civil derivada del ejercicio legal de la profesión. Esto convirtió este seguro en una necesidad para la protección y continuidad de la carrera profesional.

2. Seguro de Responsabilidad civil por explotación de garajes y locales similares

Se cubren los actos ocurridos dentro del ámbito de la explotación, por los cuales pueda atribuirse responsabilidad a sus propietarios (robo o hurto, caída desde rampas, pisos, plataformas, elevadores y fosas, lesiones a terceros, incendio y explosión). Es posible amparar bajo esta cobertura a: garajes, cocheras, playas de estacionamiento al aire libre, talleres mecánicos y/o de electricidad, y/o chapa y pintura, y/o gomerías, y/o estaciones de servicio, y/o lavaderos, garajes y playas de hoteles.
3. Seguro de Responsabilidad Civil Carteles y/o letreros
El asegurador cubre la Responsabilidad Civil del asegurado por los daños ocasionados a terceros por la instalación, uso, mantenimiento, reparación y desmantelamiento del o de los carteles y/o letreros y/u objetos afines y sus partes complementarias mientras se encuentra en la ubicación de riesgo mencionada en la póliza.

Asimismo, queda igualmente cubierta la Responsabilidad Civil causada por incendio y/o descarga eléctrica de / en las citadas instalaciones.

Quedan aseguradas bajo la póliza individualmente o en conjunto hasta la o las sumas estipuladas en la misma, el propietario y/o usuario del cartel, el anunciante y el propietario del inmueble donde se encuentra instalado, cualquiera fuera el tomador del seguro.

4. Seguro de Responsabilidad Civil Ascensores y Montacargas

El asegurador cubre la Responsabilidad Civil del asegurado, emergente de los daños producidos por el uso de ascensores y/o montacargas en la ubicación de riesgo mencionada en póliza.
Es carga especial del asegurado cumplir con las disposiciones del código de edificación y demás reglamentos vigentes inherentes al mantenimiento y uso de los mismos.

5. Seguro de Responsabilidad Civil Demoliciones

Se cubre la Responsabilidad Civil del propietario del inmueble o de la empresa encargada de los trabajos.

Es necesario conocer detalladamente el estado de los linderos y las especificaciones técnicas de los trabajos a realizar, a efectos de poder otorgar la cobertura.

6. Seguro de Responsabilidad Civil Excavaciones, construcción de edificios, instalaciones y montaje con motivo de la construcción

Se consideran asegurados indistintamente al propietario de la obra y la empresa constructora encargada de los trabajos.

Es necesario contar con la descripción de los linderos y con un análisis técnico de los trabajos a realizar, la cantidad de plantas de la construcción y/o refacción, la superficie cubierta en m2.

7. Responsabilidad a consecuencia de rayo, incendio, explosión descarga
eléctrica y escapes de gas

Es posible asegurar por la ocurrencia de estos hechos a viviendas particulares, depósitos y comercios e industrias.

8. Responsabilidad civil comprensiva

Se dice que la Responsabilidad Comprensiva cubre todo lo que no se excluye expresamente.
Por lo tanto, además de la cobertura básica que se adapta a la definición anterior, deberán incluirse expresamente los adicionales de cobertura que se deseen para que éstos estén cubiertos.

A la cobertura básica, es posible agregar los siguientes adicionales de cobertura

  • Incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escapes de gas.
  • Carteles y letreros, y /u objetos afines.
  • Ascensores y montacargas.
  • Guardería y depósito de vehículos a título no oneroso.
  • Instalaciones de vapor, agua caliente o aceite caliente.
  • Suministro de alimentos.
  • Vendedores ambulantes y/o viajantes.
  • Carga y descarga de bienes fuera del local asegurado.
  • Animales.
  • Rotura de cañerías.
  • Grúas, guinches y autoelevadores.

9. Seguro de Responsabilidad Civil Productos

Cubre al asegurado por el uso y/o consumo de productos inherentes a su actividad, en que se incurra a partir de la entrega de los mismos dentro del territorio de la República Argentina.

10. Seguro de Responsabilidad civil tintorería y similares

El asegurador se obliga a mantener indemne al asegurado por cuanto deba a un tercero con motivo de la pérdida o daños a las prendas teñidas para su limpieza, planchado y/o teñido, mientras se hallen en el local del asegurado detallado en póliza, o durante el transporte de las mismas, cuando dichos daños sean causados por:

  • Incendio, rayo, explosión y humo.
  • Robo y/o hurto, y extravío.
  • Huelga, lock out y tumulto popular.

Robo y Riesgos Similares

Este seguro cubre las pérdidas materiales y directas provenientes del robo de los objetos contenidos dentro de un establecimiento o residencia, empleando violencia en las personas o fuerza en las cosas.
La cobertura principal en este tipo de seguros es el robo, incluyendo los daños materiales al edificio, con motivo del robo o la tentativa de hacerlo.
Tipos de seguros comprendidos en el ramo:

  • Actividades comerciales/industriales/civiles
  • Viviendas particulares
  • Valores
  • Valores en tránsito
  • Joyas/alhajas y objetos diversos
  • Fidelidad de los empleados

Por lo general en todos los tipos de seguro, se cubren las siguientes contingencias:

  • Robo
  • Hurto (solo en viviendas particulares, fidelidad de los empleados y joyas, alhajas, pieles y objetos diversos)
  • Incendio
  • Daños
  • Estafa o Defraudación
     

Todo Riesgo Operativo

A través de esta cobertura se brinda la posibilidad de elegir la total protección de su empresa debido a que cubre todos los riesgos que no se encuentran expresamente excluidos, o sea que se trata de una póliza definida por sus exclusiones.

Este es un contrato de seguro destinado a amparar todos los Riesgos de Pérdida o Daño Físico ocurridos a los bienes propiedad del Asegurado y/o por los cuales fuera responsable mientras se encuentren en la o las ubicaciones descriptas en la póliza, siempre que dichos daños sucedan en forma accidental, súbita e imprevista y hagan necesaria la reparación y/o reposición como consecuencia directa de cualquiera de los riesgos amparados por la póliza.

A diferencia de otras pólizas de daños materiales, ésta es de riesgos innominados, mientras que las demás son de riesgos nominados específicamente (por ejemplo: Integral de Industrias y Comercio)

Coberturas adicionales incluidas:

  • Derrame y contaminación de productos
  • Seguro técnico- Rotura de maquinarias
  • Gastos extraordinarios
  • Remoción de escombros
  • Daños por agua e inundación
  • Falta de frío
  • Robo de contenido general
  • Robo de valores en caja fuerte
  • Robo de valores en tránsito
  • Robo de objetos de empleados Seguro técnico - Equipos electrónicos
  • Honorarios de profesionales
  • Gastos de extinción de incendios
  • Obras en curso de elaboración

Este listado es orientativo y no limitativo y puede adaptarse a las necesidades de cada uno de los riesgos a cubrir.

Ésta debe ser lo más completa y certera posible a los efectos de poder identificar la mayor cantidad de elementos que permitan lograr un menor costo de los riesgos a asegurar.
 

Caución

El seguro de caución beneficia a toda empresa que mantenga una relación contractual con sus proveedores, ya que actúa como garantía de sus principales contratos (hasta la finalización total de las obligaciones del contratista).

También los seguros de caución aportan un beneficio sumamente importante a todos aquellos proveedores del estado ó de empresas privadas, ya que ofrece soluciones rápidas ante los requerimientos del Estado ó de la Empresa Privada, con relación a las fianzas ó garantías solicitadas en cada tipo de contrato (pliegos de Licitaciones, órdenes de compra, anticipos, etc.).

El seguro de caución cubre mayoritariamente las siguientes obligaciones:

  • De Hacer (Ej. una construcción industrial)
  • De Dar (Ej.: provisión de mercadería)
  • De Pagar (Ej.: pago de canon en una concesión).

Tipos de cauciones (esta lista NO se agota en si misma)

  1.  Seguro de caución para mantenimiento de oferta:
    Se garantiza la obligación del Tomador de mantener su oferta, y en el caso de resultar adjudicatario, firmar el contrato respectivo en la forma y plazos requeridos en el Pliego de Condiciones. La suma asegurada se establece generalmente entre el 1% y el 5% del presupuesto o monto del Pliego de Bases y Condiciones.
     
  2. Seguro de caución ejecución de contrato:
    Esta póliza garantiza el cumplimiento, en tiempo y forma, de las obligaciones asumidas por el Tomador frente al Asegurado. La garantía cesa, cuando se produce la recepción provisoria, no cubriendo el período de mantenimiento o conservación de la obra. Generalmente la suma asegurada varía entre el 5% y el 20% del monto del contrato.
     
  3. Seguro de caución - garantía de anticipo financiero:
    Se garantiza el buen uso del anticipo, recibido por el Tomador del Asegurado, según lo estipulado en el contrato. La garantía se desafecta con el avance de las obras, de acuerdo a los certificados que emita el Tomador y acepte el Asegurado. No cubre multas o penalidades que el Asegurado le aplique al Tomador.
     
  4. Seguro de garantía de Anticipo por Acopio:
    Mediante este tipo de cobertura se garantiza al Asegurado, que el importe que recibe el Tomador sea aplicado a adquirir elementos predeterminados y destinados a la ejecución de las obligaciones contraídas. La garantía se desafecta en la misma medida que el Tomador realice el acopio en obra de los elementos comprometidos. No cubre multas o penalidades que el Asegurado le aplique al tomador.
     
  5. Seguro de caución para sustitución de Fondo de Reparo:
    El objeto de esta póliza es la sustitución de las retenciones a efectuar por el Asegurado al Tomador, que, según la ley aplicable y/o el contrato está obligado a constituir, con el objeto de atender las reparaciones originadas por defectos de mano de obra o mala calidad de los materiales empleados. La garantía se libera con la recepción definitiva de la obra. Generalmente, la suma asegurada varía entre el 5% y el 10% del monto de cada certificado de obra.
     
  6. Seguros de caución aduanera:
    a. Seguro de caución para tránsito terrestre
    Se garantiza el monto de los tributos que correspondieren por importación, sobre aquellas mercaderías ingresadas en tránsito al país cuyo destino final es una zona franca, depósito fiscal u otra aduana de salida hacia otro país.
    b. Seguro de caución para importación y temporaria
    Este seguro va a garantizar el monto de los tributos que correspondieren por importación, sobre aquellas mercaderías ingresadas al país sujetas a la obligación de ser reexportadas.
    c. Caución para exportación temporaria
    Se garantiza el monto de los tributos que correspondieren por exportación, sobre aquellas mercaderías egresadas del país sujetas a la obligación de ser reimportadas.
    d. Seguro de Caución para diferencias de derechos
    Se garantizan las diferencias de derechos de importación, entre el monto calculado por la Aduana y el estimado por el Tomador. Habitualmente estas diferencias surgen de distintas valoraciones o clasificaciones arancelarias entre la Aduana y el importador.
    e. Seguro de Caución para falta de documentación
    Se garantiza la presentación, por parte del importador, de la documentación de la mercadería, necesaria para su despacho a plaza.
    Draw Back / Reembolsos / Reintegros
    Se garantiza la devolución total o parcial de las sumas pagadas por el Estado en concepto de estímulo a la exportación.
    f. Seguro de Caución para la habilitación de un depósito fiscal

    Se garantiza el cumplimiento de las obligaciones tributarias y penales del depositario. Se garantiza el cumplimiento de las obligaciones tributarias y penales del depositario.
     
  7.  Seguros de Cauciones Impositivas
    a. Seguro de Garantía de Veracidad
    Esta garantía es exigida por la A.F.I.P. con el objeto de pagar anticipadamente los créditos fiscales devengados a favor del contribuyente y amparan la veracidad de las declaraciones juradas y/o cualquier otra documentación respaldatoria de estos créditos a cobrar.
    b. Seguro de Garantía de Diferimiento de Impuestos
    Garantiza el cumplimiento por parte del Tomador de constituir la garantía definitiva exigida por las disposiciones legales y reglamentarias, para el diferimiento del pago de impuestos. Involucra exclusivamente proyectos de inversión bajo el régimen de promoción industrial o agropecuaria (Ley Nº 22.021).
    c. Seguro de Garantías en el Exterior
    A través de este mecanismo llamado "Fronting", es posible garantizar la obligación contractual asumida por una empresa argentina para realizar una obra o un suministro en el extranjero. La garantía la emite una compañía del país donde debe cumplirse la obligación, a solicitud y con el reaseguro de la compañía argentina donde el Tomador o Proponente, tenga una carpeta de crédito aprobada.
     
  8. Seguro de Crédito a la Exportación
    a. Riesgo de Crédito - Insolvencia Comercial
    El Seguro de Crédito e Insolvencia Comercial cubre la falta de pago total o parcial por parte del importador sobre compras financiadas realizadas a exportadores argentinos, cuando la misma se debe a la insolvencia del comprador en razón de su quiebra o situaciones análogas previstas por la legislación de su país.
    b. Riesgo de Crédito - Insolvencia Comercial con Mora Prolongada

    Se agrega a la cobertura por Insolvencia Comercial el evento siniestral por el simple transcurso del tiempo, cuando la falta de pago total o parcial del importador registra una demora mayor a los 6 meses desde el vencimiento de la obligación cubierta. También pueden cubrirse los riesgos políticos y catastróficos.
     

Seguro Técnico

Mediante el Seguro Técnico se puede cubrir los bienes asegurados contra pérdidas y/o daños materiales externos, siempre que tales pérdidas y/o daños se produzcan en forma accidental, súbita e imprevista y se haga necesario una reparación y/o reposición.
Coberturas Disponibles (La lista No se agota en si misma).

Equipos electrónicos

Cobertura de todo riesgo para equipos de computación, equipos destinados a la industria y ciencia, máquinas de oficina y telecomunicaciones, equipos médicos y odontológicos, equipos de emisión de radio y televisión, etc.

Equipo de contratistas

Coberturas de daños totales o todo riesgo para máquinas viales, equipos destinados a la construcción y otras actividades. Cobertura adicional de Responsabilidad Civil.

Maquinaria agrícola

Cobertura de daños totales y Responsabilidad Civil para maquinaria agrícola.

Rotura de maquinarias

Cobertura específica de rotura o avería de maquinarias industriales y otras específicas.

Integral Equipos Contratistas

Esta combinación de coberturas tiene como objetivo brindar una cobertura integral a los bienes objetos de seguro mientras se encuentran circulando, en depósito o realizando su función específica para los que fueron diseñados. Destinados a equipos y maquinarias de trabajo, se brindan las siguientes coberturas:

AUTOMOTORES: mediante la presente cobertura se ampara la responsabilidad civil emergente de los bienes objeto del seguro, mientras se encuentran circulando, hasta la suma asegurada de $10.000.000. La misma se ve limitada a $1.000.000 cuando los bienes ingresan a campos petrolíferos.

SEGURO TÉCNICO – EQUIPO CONTRATSITAS: aquí amparamos las pérdidas y/o daños materiales externos producidos en forma accidental, súbita e imprevista, que sufran los bienes objeto de la cobertura.
Los tipos de cobertura que se ofrecen:

  • Daños totales únicamente
  • Todo riesgo.
     

Integral Para Pymes

Es un seguro integral que combina distintas coberturas patrimoniales, y que permite elegir planes con distintas sumas aseguradas.

COBERTURAS:

  • Incendio edificio
  • Incendio Contenido
  • Robo
  • Cristales
  • Seguro técnico (Equipos de computación y accesorios).
  • Responsabilidad Civil
  • Daños por agua

Comprende múltiples rubros comerciales:

  • Modalidad a Primera Pérdida absoluta para la totalidad de los riesgos cubiertos.
  • Se indemniza el 100% del daño sufrido hasta la suma asegurada.
  • Cobertura a medida: posee coberturas de contratación obligatoria y otras opcionales.
  • Presenta coberturas adicionales para Incendio Edificio y Contenido, amparando el riesgo de huracán, ciclón y/o tornado.
  • Simple de contratar: con sólo indicar el valor del contenido del negocio, se establecen las sumas aseguradas con límites máximos para el resto de las coberturas.
  • Cotización personalizada: de acuerdo a la zona de riesgo donde se encuentre el negocio
     

Integral de Consorcios

Este tipo de seguros, cubre aquellos edificios que son ocupados principalmente para viviendas y/u oficinas. Este seguro de consorcio se encuentra destinado a cumplir con las obligaciones de la Ley de Propiedad Horizontal y proteger a las partes comunes.

 

Al contratar un seguro de integral de consorcio el administrador protege al mismo ante cualquier tipo de eventualidades.
 

Integral de Comercios

El seguro Integral de Comercios está compuesto por un conjunto de garantías que constituyen una cobertura integral de los bienes del comercio. Las pólizas de seguros para comercios, se adapta tanto a las grandes estructuras como a los pequeños y medianos emprendimientos, brindándole al contratante la seguridad de que, en caso de siniestro, podrá continuar en su tarea.

Coberturas que componen la póliza:

  • Incendio de edificio
  • Incendio de contenido
  • Robo contenido general
  • Robo mercaderías
  • Robo valores (en tránsito, cajón, o caja fuerte)
  • Cobertura de cristales
  • Cobertura de seguro técnico
  • Daños por Agua
  • Granizo
  • Gastos extraordinarios
  • Gastos de remoción de escombros
  • Gastos de extinción de incendios

Esta lista no se acaba en sí misma, y las coberturas pueden agregarse o quitarse, dependiendo de las necesidades de su empresa.

Modalidades de las coberturas:

A prorrata

Si al momento del siniestro la suma asegurada es inferior al valor asegurable (valor real de los bienes), se indemnizará el daño en la proporción que resulte entre ambos valores.

A primer riesgo absoluto

Se indemniza el 100% del daño hasta el valor asegurado, sin tener en cuenta si la suma asegurada es menor al valor asegurable.

A primer riesgo relativo

Es una alternativa más económica que la anterior, y se justifica en aquellos casos en que el stock de mercaderías no registra variaciones importantes y se requiere cubrir sólo una parte del valor real de la mercadería.
 

Integral para Colegios

Esta póliza combina varias coberturas que permiten proteger a los Colegios o instituciones afines a la educación por una serie de riesgos que lo pueden afectar: incendio, robo de bienes de uso o valores, daños materiales, rotura de cristales, daños por agua y daños ocasionados a terceros.
La ventaja al unificar en una sola póliza varias coberturas es que permite reducir el costo total del seguro e incluir ciertos riesgos que de otra forma sería casi imposible amparar por su alta probabilidad de ocurrencia.
Alternativas de coberturas


Existen una gran cantidad de opciones de cobertura que brindan absoluta flexibilidad para contratar el seguro de acuerdo a sus reales necesidades de protección, vinculadas al tipo de actividad desarrollada, a la ubicación del establecimiento, a la existencia de campo de deporte y, en general, al grado de exposición a los diversos tipos de riesgos.


Los diversos riesgos que pueden cubrirse son:

  • incendio del edificio
  • incendio del contenido (instalaciones, muebles y útiles)
  • responsabilidad civil linderos
  • robo del contenido en general (sin especificación de objetos a asegurar)
  • seguro técnico (equipos electrónicos)
  • robo de bienes de uso
  • cristales (rotura y/o rajaduras de vidrios o espejos colocados verticalmente)
  • daños por agua al contenido
  • responsabilidad civil comprensiva
  • robo de valor en caja y en mostrador
  • robo de valores en tránsito
  • accidentes personales
  • seguro colectivo de vida escolar

 

Integral para Farmacias

Hoy en día las farmacias se ven expuestas a diferentes riesgos, entre los cuales el principal son los robos, cada vez más frecuentes en este rubro. Es un seguro integral que combina diferentes coberturas, y que permite elegir planes con distintas sumas aseguradas.

Cobertura

  • Incendio de edificio
  • Incendio de contenido general
  • Robo de contenido y mercadería
  • Rotura de cristales
  • Robo de valores
  • Seguro técnico

Las ventajas de este tipo de seguros es que comprende múltiples coberturas, simplificando la contratación y gestión de riesgos. - Presenta varias opciones de sumas aseguradas, lo que permite al propietario contratar un seguro a la medida de su negocio.
 

Integral para Hoteles

Cuando se brinda un servicio de hotelería, no sólo es importante que quienes se alojen disfruten de su confort, también lo es la imagen de seguridad que el hotel brinda. Es un seguro que ofrece una combinación de coberturas, amparando cualquier eventualidad que pueda ocurrir en un hotel.

COBERTURA:

  • Incendio Edificio y Contenido General
  • Granizo
  • Terremoto
  • Cristales
  • Robo de Contenido General
  • Responsabilidad Civil Linderos
  • Responsabilidad Civil Comprensiva
  • Daños por Agua
  • Seguro Técnico
  • Robo de Valores en Caja Fuerte
  • Gastos Extraordinarios
  • Gastos de Extinción de Incendio
  • Remoción de Escombros y Gastos de Limpieza
  • Honorarios Profesionales
  • Robo de Bienes de Pasajeros

Este seguro combina distintas coberturas (algunas de contratación obligatoria y otras opcionales), para lograr un seguro a medida y simplificando la contratación y gestión de riesgos. Ofrece coberturas adicionales opcionales.
 

Transporte

Transporte Terrestre:

  • Cuando el transporte lo realice el propio asegurado
  • La cobertura comienza en el momento en que el vehículo transportador, una vez cargados los bienes objeto del seguro, se pone en movimiento para la iniciación del viaje en el lugar indicado en la póliza; se mantiene durante el curso ordinario del transporte, incluidas las detenciones, estadías y trasbordos normales y termina con la llegada del vehículo al destino final indicado en la póliza.
  • Cuando el transporte lo realice un transportista
  • La cobertura comienza en el momento en que éste recibe los bienes objeto del seguro, se mantiene durante el curso ordinario del transporte, incluidas las detenciones, estadías y trasbordos normales y termina cuando los entrega en el destino final indicado en la póliza, sin exceder los quince días desde la llegada al depósito del transportista.

Opción:

  • PRODUCTO DE TRANSPORTE
  • Se trata de una póliza de Transporte colectiva con declaración por cada viaje, con vigencia anual.
  • Para cotizar debemos tener la cantidad aproximada de viajes a realizar durante la vigencia de la póliza con la suma asegurada por cada uno de los trayectos tentativos a realizar.
  • Obviamente que la póliza funciona con un esquema de Nota de Crédito / Débito según se hayan realizado más o menos viajes establecidos de la misma.
  • Básicamente de esta forma se obtiene una reducción en el costo de manera considerable que puede llegar hasta el 50%, ya que la empresa que realiza los Transportes paga prima anual sin haber realizados los viajes y la Compañía no corre riesgos de No Cobranza.

Riesgos Cubiertos:

  • Cobertura Básica
  • Daños a la carga por accidente del transporte
  • Cobertura Básica y Robo
  • Daños a la carga por accidente del transporte
  • Robo de la mercadería
  • Todo Riesgo
  • Daños a la carga por accidente del transporte
  • Robo de la mercadería
  • Desaparición
  • Evaporación
  • Putrefacción
  •   Etc.

Transporte Aéreo o Marítimo:

El fenómeno de la globalización ha hecho del transporte una herramienta imprescindible. Por eso ofrecemos una opción de coberturas a la medida, para que cada empresa transporte con tranquilidad su mercadería, insumos y maquinaria. Es la mejor solución para la seguridad de exportaciones e importaciones. Es un seguro que presenta una cobertura básica, a la que se le pueden agregar distintos adicionales, hasta alcanzar la categoría de Todo Riesgo.

Riesgos a los cuales suele estar sometida la carga:

  • Operaciones de carga y descarga (Caídas, uso de ganchos, mojaduras por agua de lluvia, agua de mar, de río, etc.);
  • Pérdida o aumento de peso (Por evaporación o por incremento de humedad);
  • Mal estibaje (Falta de compactación en la estiba, ubicación de mercadería pesada sobre frágil, etc.);
  • Mal embalaje (Falta de resistencia apropiada para el transporte);
  • Contaminación (Contacto con otras cargas, olores, derrame, etc.);
  • Acción de roedores o insectos;
  • Daños por fuego;
  • Daños o faltantes por robo o hurto;
  • Avería gruesa.
  • El tipo de mercadería a transportar y sus embalajes tienen incidencia directa con todos o alguno de esos riesgos. Las mercaderías pueden venir en distinta forma. Puede ser a granel, líquidos en tambores, sólidos, semisólidos, en bolsas, en cajones, en latas, en palets (Plataformas de madera), etc. El modo habitual actual es por medio de containers (Unidades de carga de uso permanente que llevan en su interior a la mercadería que se transporta).

Principio y fin de la Cobertura: De depósito del vendedor a depósito del comprador, salvo una modalidad de compra distinta.

COBERTURA

Libre Avería Particular:

Ampara las pérdidas o averías sufridas por choque, abordaje, incendio o explosión, naufragio o varamiento, cambio forzado de ruta o transporte. La pérdida de bultos a consecuencia de caída durante las operaciones de carga, descarga o trasbordo.

Contra Todo Riesgo:

A la cobertura anterior se suma el amparo por robo, ratería y falta de entrega, descompostura de cámara frigorífica, contacto con otras mercaderías, estadía en aduana, etc.

VENTAJAS DE ESTE SEGURO:

  • El área de cobertura de estos seguros se extiende a todo el mundo excepto cuando el origen o destino sean países declarados en guerra.
  • Se cuenta con una amplia red de liquidadores en los principales puertos y aeropuertos de todo el mundo.
  • No existen topes para las sumas aseguradas. Cada cliente establece los límites conforme al tipo de mercadería que va a transportar.

 

Casco Embarcaciones

Un seguro diseñado para que un paseo o viaje en embarcación sea siempre una actividad de placer. Es un seguro compuesto por una cobertura básica con combinaciones diferentes, a las que se pueden agregar coberturas opcionales a elección del asegurado
Hay distintas alternativas de contratación que van desde una simple cobertura en amarre hasta una combinación de Todo Riesgo a las que además se le puede agregar coberturas adicionales según la necesidad del cliente.

Coberturas adicionales sin cargo:

  • Asistencia a las personas en la República Argentina y el exterior para el titular y su familia.
  • Atención telefónica ante siniestros de gravedad o casos de urgencia.

Coberturas adicionales, de contratación opcional con cargo:

  • Incendio en guardería
  • Temporal e inundación
  • Responsabilidad civil hacia terceras personas transportadas o no
  • Navegación costera marítima en Uruguay y Brasil
  • Robo de motor fuera de borda y elementos fijos del casco
  • Transporte en tráiler.

Ventajas:

  • El producto es a medida de las necesidades, presentando opciones de coberturas básicas, además de adicionales con y sin cargo
  • Posibilidad de contratar una o varias coberturas adicionales.
  • Brinda el servicio de asistencia náutica en las principales zonas de navegación del país.
  • Adaptación a los requerimientos y posibilidades económicas de cada cliente.
  • De no ocurrir siniestros, el asegurado podrá percibir una bonificación.
  • También ofrece descuentos por poseer varias embarcaciones.

 

gestioner

MOLINARI-CHOUHY ASESORES DE SEGUROS SA - Av. Savio 71 · (2900) San Nicolás, Bs. As.
Te. 03461.500376 / 500378 · Fax 03461.451348 - info@mc-seguros.com.ar