Este tipo de coberturas, ampara los daños sufridos por cristales, vidrios, espejos y demás piezas vítreas similares, sólo como consecuencia de su rotura o rajadura. Se incluyen en la cobertura el valor de las piezas aseguradas más los gastos normales de su colocación, tomando como límite la suma asegurada, indicada en la póliza.
Todas las piezas vítreas deben estar en posición vertical, no cubren vitrinas o mostradores.
El seguro de incendio, al igual que el resto de los seguros patrimoniales, es de carácter resarcitorio. Es decir que el espíritu de la póliza es de restituir al asegurado el capital perdido a consecuencia de un evento cubierto por la misma.
Los seguros de incendio, pueden ser tomados sobre cosas muebles e inmuebles (por ejemplo edificios y su contenido) y en un concepto más amplio, sobre cualquier objeto mensurable en términos económicos.
Este riesgo está presente no solo en las coberturas específicas del ramo, sino también en algunas coberturas combinadas, como pueden ser, de automóviles, combinados familiares, integrales de comercio, etc.
Cobertura Básica:
Cubre el daño causado por la acción directa o indirecta del fuego, por las medidas para extinguirlo, las de demolición, las de evacuación u otras análogas.
Coberturas adicionales: (la lista NO se agota en sí misma)
MODALIDAD DE LA PRESTACIÓN:
El seguro de incendio, es siempre a PRORRATA, por ende se hace imprescindible establecer la relación que existe entre una suma asegurada y el valor del riesgo. Pueden observarse tres situaciones:
En este último caso es donde se suscita el problema, ya que se debe establecer la medida de la prestación a la cual el asegurador estará obligado. La relación se establece de la siguiente manera:
Suma Asegurada: $90.000
Valor Real del Riesgo: $120.000
Ejemplos:
Siniestro total: monto del siniestro $120.000
90.000/120.000= 0.75 - 0.75 x 120.000= 90.000
Indemnización: $90.000
Siniestro parcial: ejemplo $35.000
90.000/120.000= 0.75 - 0.75 x 35.000= 26.250
Indemnización: $26.250
Cuando se asegura un bien por debajo del valor real del mismo, el Asegurado, se convierte en una especie de socio de la Cía. Aseguradora, y cada uno va a concurrir a pagar el siniestro en forma proporcional a los riesgos asumidos. Aún cuando la suma asegurada sea superior al daño sufrido, ya que aquella tiene carácter de suma máxima a indemnizar.
Todo aquel que ejecute un hecho, que por su culpa o negligencia ocasione un daño a otro, es responsable de reparar el daño ocasionado. También será responsable por los daños que puedan producir los productos que haya diseñado, manufacturado, construido, instalado, vendido, tratado, mantenido, alterado o reparado, una vez que hayan dejado su custodia o control.
El seguro de Responsabilidad Civil mantiene indemne al Asegurado por cuanto deba a un tercero como consecuencia de la Responsabilidad Civil que surja de los Artículos 1109 al 1136 del Código Civil, en que incurra en el ejercicio de su actividad comercial, industrial o social o como consecuencia de los hechos o circunstancias previstos en el contrato de seguro.
Ejemplos de Coberturas de Responsabilidad Civil en General
- Comprensiva
- Productos
- Obras
- Espectadores
Todo acto de la vida está sujeto a riesgos. En los últimos tiempos, las acciones judiciales contra profesionales e instituciones, se han incrementado en frecuencia y severidad, especialmente en el área salud. Posiblemente esto obedezca a la ruptura de la tradicional relación médico-paciente. De manera que específicamente el seguro de Mala Praxis = seguro de Responsabilidad Civil Profesional, protege el patrimonio del profesional frente a la necesidad de responder a un reclamo o demanda efectuada por un paciente o cliente en razón de la responsabilidad civil derivada del ejercicio legal de la profesión. Esto convirtie este seguro en una necesidad para la protección y continuidad de la carrera profesional.
Se cubren los actos ocurridos dentro del ámbito de la explotación, por los cuales pueda atribuirse responsabilidad a sus propietarios (robo o hurto, caída desde rampas, pisos, plataformas, elevadores y fosas, lesiones a terceros, incendio y explosión). Es posible amparar bajo esta cobertura a: garages, cocheras, playas de estacionamiento al aire libre, talleres mecánicos y/o de electricidad, y/o chapa y pintura, y/o gomerías, y/o estaciones de servicio, y/o lavaderos, garages y playas de hoteles.
El asegurador cubre la Responsabilidad Civil del asegurado por los daños ocasionados a terceros por la instalación, uso, mantenimiento, reparación y desmantelamiento del o de los carteles y/o letreros y/u objetos afines y sus partes complementarias mientras se encuentra en la ubicación de riesgo mencionada en la póliza.
Asimismo, queda igualmente cubierta la Responsabilidad Civil causada por incendio y/o descarga eléctrica de / en las citadas instalaciones.
Quedan aseguradas bajo la póliza individualmente o en conjunto hasta la o las sumas estipuladas en la misma, el propietario y/o usuario del cartel, el anunciante y el propietario del inmueble donde se encuentra instalado, cualquiera fuera el tomador del seguro.
El asegurador cubre la Responsabilidad Civil del asegurado, emergente de los daños producidos por el uso de ascensores y/o montacargas en la ubicación de riesgo mencionada en póliza.
Es carga especial del asegurado cumplir con las disposiciones del código de edificación y demás reglamentos vigentes inherentes al mantenimiento y uso de los mismos.
Se cubre la Responsabilidad Civil del propietario del inmueble o de la empresa encargada de los trabajos.
Es necesario conocer detalladamente el estado de los linderos y las especificaciones técnicas de los trabajos a realizar, a efectos de poder otorgar la cobertura.
Se consideran asegurados indistintamente al propietario de la obra y la empresa constructora encargada de los trabajos.
Es necesario contar con la descripción de los linderos y con un análisis técnico de los trabajos a realizar, la cantidad de plantas de la construcción y/o refacción, la superficie cubierta en m2.
Es posible asegurar por la ocurrencia de estos hechos a viviendas particulares, depósitos y comercios e industrias.
Se dice que la Responsabilidad Comprensiva cubre todo lo que no se excluye expresamente.
Por lo tanto, además de la cobertura básica que se adapta a la definición anterior, deberán incluirse expresamente los adicionales de cobertura que se deseen para que éstos estén cubiertos.
A la cobertura básica, es posible agregar los siguientes adicionales de cobertura
Incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escapes de gas.
Carteles y letreros, y /u objetos afines.
Ascensores y montacargas.
Guardería y depósito de vehículos a título no oneroso.
Instalaciones de vapor, agua caliente o aceite caliente.
Suministro de alimentos.
Vendedores ambulantes y/o viajantes.
Carga y descarga de bienes fuera del local asegurado.
Animales.
Rotura de cañerías.
Grúas, guinches y autoelevadores.
Cubre al asegurado por el uso y/o consumo de productos inherentes a su actividad, en que se incurra a partir de la entrega de los mismos dentro del territorio de la República Argentina.
El asegurador se obliga a mantener indemne al asegurado por cuanto deba a un tercero con motivo de la pérdida o daños a las prendas teñidas para su limpieza, planchado y/o teñido, mientras se hallen en el local del asegurado detallado en póliza, o durante el transporte de las mismas, cuando dichos daños sean causados por:
Incendio, rayo, explosión y humo.
Robo y/o hurto, y extravío.
Huelga, lock out y tumulto popular.
Este seguro cubre las pérdidas materiales y directas provenientes del robo de los objetos contenidos dentro de un establecimiento o residencia, empleando violencia en las personas o fuerza en las cosas.
La cobertura principal en este tipo de seguros es el robo, incluyendo los daños materiales al edificio, con motivo del robo o la tentativa de hacerlo.
Tipos de seguros comprendidos en el ramo:
Por lo general en todos los tipos de seguro, se cubren las siguientes contingencias:
Mediante el Seguro Técnico se puede cubrir los bienes asegurados contra pérdidas y/o daños materiales externos, siempre que tales pérdidas y/o daños se produzcan en forma accidental, súbita e imprevista y se haga necesario una reparación y/o reposición.
Coberturas Disponibles (La lista No se agota en si misma)
Cobertura de todo riesgo para equipos de computación, equipos destinados a la industria y ciencia, máquinas de oficina y telecomunicaciones, equipos médicos y odontológicos, equipos de emisión de radio y televisión, etc.
Coberturas de daños totales o todo riesgo para máquinas viales, equipos destinados a la construcción y otras actividades. Cobertura adicional de Responsabilidad Civil.
Cobertura de daños totales y Responsabilidad Civil para maquinaria agrícola.
Cobertura específica de rotura o avería de maquinarias industriales y otras específicas.
Un seguro diseñado para que un paseo o viaje en embarcación sea siempre una actividad de placer. Es un seguro compuesto por una cobertura básica con combinaciones diferentes, a las que se pueden agregar coberturas opcionales a elección del asegurado.
Hay distintas alternativas de contratación que van desde una simple cobertura en amarre hasta una combinación de Todo Riesgo a las que además se le puede agregar coberturas adicionales según la necesidad del cliente.
- Asistencia a las personas en la República Argentina y el exterior para el titular y su familia.
- Atención telefónica ante siniestros de gravedad o casos de urgencia.
- Incendio en guardería
- Temporal e inundación
- Responsabilidad civil hacia terceras personas transportadas o no
- Navegación costera marítima en Uruguay y Brasil
- Robo de motor fuera de borda y elementos fijos del casco
- Transporte en tráiler.
-El producto es a medida de las necesidades, presentando opciones de coberturas básicas, además de adicionales con y sin cargo
- Posibilidad de contratar una o varias coberturas adicionales.
- Brinda el servicio de asistencia náutica en las principales zonas de navegación del país.
- Adaptación a los requerimientos y posibilidades económicas de cada cliente.
- De no ocurrir siniestros, el asegurado podrá percibir una bonificación.
- También ofrece descuentos por poseer varias embarcaciones.
El seguro para hogares es un seguro que resuelve todas las exigencias de seguridad del hogar, ya que no sólo protege la vivienda sino también a sus residentes. Es un seguro de simple contratación, y flexible a los requerimientos particulares, que ampara todos los riesgos que puedan afectar al hogar y la familia, incluyendo Asistencia al Viajero y al Hogar en caso de producirse cualquier incidente.
Este seguro es una combinación de coberturas contratadas a Primera Pérdida Absoluta. Bajo una sola póliza, se protege de modo integral la vivienda familiar (casa o departamento), los bienes que hay en ella, y a las personas que la habitan.
Presenta planes básicos por vivienda, según el valor de la propiedad, los riesgos y las necesidades particulares
Adicional 1:
Adicional 2:
MOLINARI-CHOUHY ASESORES DE SEGUROS SA - Av. Savio 71 · (2900) San Nicolás, Bs. As.
Te. 03461.500376 / 500378 · Fax 03461.451348 - info@mc-seguros.com.ar